✍️ Introducción
Si tienes un apartamento turístico o una vivienda con fines turísticos (VFT) en Sevilla o cualquier ciudad andaluza, es obligatorio cumplir con la normativa del Decreto 28/2016, de 2 de febrero. Esta ley regula las condiciones de habitabilidad, servicios mínimos y la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía.
En esta guía te explicamos de forma sencilla los requisitos clave y cómo evitar sanciones.
📜 ¿Qué es el Decreto 28/2016?
Es la norma que regula dos tipos de alojamientos:
Viviendas con fines turísticos (VFT): una vivienda completa que se alquila por días.
Establecimientos de apartamentos turísticos: edificios con varios apartamentos bajo una gestión común.
Ambos deben inscribirse en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) y cumplir con ciertas condiciones legales.
✅ Requisitos obligatorios según el decreto
1. 📄 Inscripción en el Registro de Turismo
Debes presentar una declaración responsable ante la Junta de Andalucía y obtener un número de registro.
2. 🛏️ Equipamiento mínimo obligatorio
Tu vivienda debe contar con:
Mobiliario completo y en buen estado
Ropa de cama y menaje de hogar
Refrigeración (aire acondicionado en verano) y calefacción
Botiquín de primeros auxilios
Información turística básica (mapas, teléfono de emergencias, servicios médicos cercanos)
3. 📋 Hoja de quejas y reclamaciones
Debe estar visible en el alojamiento, junto con un cartel que indique su disponibilidad.
4. 🧹 Limpieza antes de cada entrada
La vivienda debe estar limpia al inicio de cada estancia, sin excepciones.
5. 🕒 Horario de entrada y salida
Se debe informar claramente al huésped de los horarios. Si no se especifica, por ley la entrada es a las 16:00 h y la salida a las 12:00 h.
6. 👤 Registro de viajeros
Debes anotar los datos de los huéspedes mayores de 16 años y remitirlos a la Policía Nacional o Guardia Civil mediante la plataforma web oficial.
7. 🧾 Información legal visible
Es obligatorio mostrar de forma clara:
Número de inscripción en el RTA
Precio por noche con impuestos incluidos
Condiciones de pago, cancelación y normas internas
⚠️ ¿Qué pasa si no cumples?
Multas desde 2.000 € hasta 150.000 € por alquiler turístico sin registrar o por no cumplir con los requisitos del decreto.
🔄 Últimas actualizaciones: Decreto 13/2020
Este decreto complementario introduce:
Más exigencias en climatización en viviendas por zonas climáticas
Requisitos más claros para viviendas en edificios plurifamiliares
Refuerzo del control por parte de los ayuntamientos
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