Últimas actualizaciones en la normativa turística: Claves del Decreto 13/2020 en Andalucía

20 May 2025 1 min read No comments Propietarios

✍️ Introducción

Desde julio de 2020, entró en vigor el Decreto 13/2020, que actualiza y complementa la normativa anterior (Decreto 28/2016) sobre viviendas con fines turísticos y apartamentos turísticos en Andalucía.

Esta nueva regulación busca mayor control, profesionalización y equilibrio entre la oferta turística y residencial, especialmente en ciudades como Sevilla, con alta demanda.

Aquí te explicamos qué cambia, cómo te afecta como propietario y qué debes hacer para cumplir la normativa.


🆕 ¿Qué es el Decreto 13/2020?

Es una actualización de la normativa turística andaluza que modifica varios aspectos clave:

  • Revisa la definición de alojamiento turístico

  • Introduce requisitos técnicos más específicos

  • Refuerza el papel de los Ayuntamientos en el control de licencias

  • Añade condiciones sobre uso del suelo urbano residencial


🔍 Cambios más relevantes para viviendas turísticas

1. 🏘️ Limitación por ubicación urbana

Los Ayuntamientos ahora pueden:

  • Restringir el número de viviendas turísticas por edificio

  • Establecer zonas saturadas y limitar nuevas inscripciones

  • Solicitar licencia de uso turístico previa (en ciudades con ordenanzas específicas)

👉 En Sevilla, esto abre la puerta a futuras limitaciones en el centro histórico y zonas como Triana o Alameda.


2. ❄️ Climatización obligatoria por zonas

El decreto establece que:

  • Las viviendas turísticas deben tener aire acondicionado si están en zonas con temperaturas superiores a 30ºC en verano.

  • En invierno, deben disponer de sistema de calefacción funcional.

Esto se aplica a la mayoría del territorio sevillano, especialmente en meses extremos como julio/agosto o diciembre.


3. 🧾 Aclaración en la categoría de establecimientos

Los apartamentos turísticos deben ajustarse mejor a su modalidad (edificio, conjunto o unidad) con requisitos específicos de superficie, accesibilidad y servicios comunes si hay varias unidades.


4. 📌 Más documentación en el registro

Ahora se exige:

  • Escritura o contrato de propiedad

  • Licencia de ocupación o cédula urbanística

  • Documento que acredite que el uso turístico es compatible con la normativa urbanística


✅ ¿Qué debes hacer como propietario?

  • Revisa si tu vivienda ya cumple los nuevos requisitos (climatización, uso del suelo, etc.)

  • Consulta con tu ayuntamiento si hay limitaciones locales

  • Si aún no estás inscrito en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA), hazlo cumpliendo estos requisitos

  • Si ya estás inscrito, mantente actualizado y guarda toda la documentación


⚠️ Riesgos de no cumplir

Multas desde 2.000 € a 150.000 €, especialmente si operas en zonas restringidas o sin climatización adecuada. Además, podrían cerrarte el alojamiento si el uso turístico no es legal.

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